Días de descanso semanal, fiestas y otros permisos

Días descanso semanal fiestas y permisos

Aparte de las vacaciones retribuidas, cada trabajador tiene derecho a un descanso mínimo semanal, que, como regla general, se otorga para la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. ¿Cuáles son los demás días libres a los que tiene derecho? ¿Cree que su empresario no cumple con sus derechos? Nuestro despacho en Bilbao cuenta con los mejores abogados especializados en derechos del trabajador. No lo dude, póngase en contacto con nosotros. Como bien sabe, las fiestas laborales tienen que ser retribuidas. En ningún momento van a ser más de catorce al año, pero al menos esta cifra se debe respetar. Normalmente, la empresa decide cómo repartirlas a lo largo del año. No obstante, Navidad, Año Nuevo, el 1 de Mayo y el 12 de Octubre son fiestas nacionales obligatorias en España. El resto de días coincidirán con dos fiestas que sean locales, y el resto, a elección de empresario y trabajador. ¿Un trabajador puede ausentarse del trabajo cuando quiera? Esto ocurrirá sólo en algunos supuestos muy concretos, y siempre previo aviso y aportando una justificación.

Situaciones en las que corresponden días de descanso

  • En caso de matrimonio, se tiene derecho a 15 días libres.
  • Por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, se tiene derecho a dos días libres.
  • Por traslado del domicilio habitual, se otorga un día libre.
  • Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, o realizar funciones sindicales, se otorga todo el tiempo que resulte indispensable.
  • Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deben realizarse dentro de la jornada de trabajo, también se otorgará el tiempo indispensable necesario.

Si todavía le quedan dudas, no lo dude más, venga a visitar a nuestros abogados en Bilbao.

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